Provinciales

Casi tres años sin ir a trabajar: echaron a un agente de Salud condenado por violencia de género

Un agente que prestaba funciones en el Hospital Perrando fue exonerado de la administración pública provincial tras acumular más de dos años de inasistencias injustificadas. Mientras transcurría el sumario administrativo, la Justicia Penal lo condenó a prisión efectiva por violación de domicilio y desobediencia judicial en un contexto de violencia de género.

Mediante el Decreto N° 2463/26, rubricado por el gobernador Leandro Zdero junto al ministro de Salud, Ricardo Mayol, y el secretario general de la Gobernación, Julio César Ferro, el Poder Ejecutivo provincial dispuso la cesantía del agente I.A.N., quien revistía la categoría de Personal de Servicio en el Hospital “Dr. Julio C. Perrando” .

La medida concluye un sumario administrativo iniciado a finales de 2023 por la Dirección del nosocomio , tras detectarse inasistencias reiteradas e injustificadas desde el 8 de marzo de 2023 . Dichas ausencias fueron encuadradas bajo la figura legal de abandono de servicio, perfeccionada al acumularse el sexto día consecutivo de inasistencia sin aviso ni justificación legal .

Antecedentes y condena penal
Según consta en el instrumento oficial, de forma paralela a las actuaciones administrativas se incorporó información sobre la situación penal del agente . El 10 de marzo de 2023, el Equipo Fiscal N° 5 había ordenado su detención por presunta violencia de género .

Posteriormente, la Justicia penal dictó sentencia condenatoria imponiéndole nueve meses de prisión efectiva por la comisión del delito de Violación de Domicilio en Concurso Ideal con Desobediencia Judicial (dos hechos) . Al unificarse dicha condena con una pena previa acumulada —cuyos beneficios de condicionalidad fueron revocados—, la pena única unificada se fijó en 3 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo .

Autonomía del proceso administrativo
El dictamen aclara que, si bien la privación de la libertad afectó la presencialidad del agente, la sanción de cesantía no se fundamenta automáticamente en la condena judicial, sino en la falta de prestación efectiva del servicio continuada por más de dos años (período verificado desde marzo de 2023 hasta al menos septiembre de 2025) y sus antecedentes disciplinarios previos . El agente mantenía sus haberes retenidos desde el 15 de marzo de 2023 .

Tras dar intervención a la Dirección de Sumarios y contar con el aval de la Asesoría General de Gobierno mediante el Dictamen N° 610/26, se determinó que se configuraron las faltas graves previstas en los Artículos 21 y 22 de la Ley N° 292-A (Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial) , aplicando en consecuencia la medida expulsiva de la administración pública .

Artículos Relacionados

Volver al botón superior